Durante la pandemia del COVID-19, las MIPYMES han sufrido una crisis económica que ha amenazado el restablecimiento de sus actividades comerciales. Las medidas que han adoptado tanto la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) como la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) han sido tomadas con la intención de disminuir el impacto de la crisis de la pandemia y del Estado de emergencia nacional que está viviendo la República Dominicana.
Dentro de las primeras iniciativas que tomó la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) se encuentran:• Para el pago de ITBIS correspondiente a febrero y marzo se otorgaron cuotas de pago libre de recargos e intereses.
• Las cuotas de los acuerdos de pago vigentes de abril, mayo y junio fueron aplazadas y se extendió de manera automática por tres meses el plazo de vigencia de todos los acuerdos de pago.
• Se concedió una prórroga para la presentación y pago de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Personas Jurídicas (IR-2) con fecha de cierre 31 de diciembre, aplazando la fecha límite desde el 29 de abril de 2020 hasta el 29 de julio de 2020. Además, en el momento de presentar la declaración se van a generar automáticamente 4 cuotas de pagos iguales libre de recargos e intereses. En este sentido muchas empresas, tomaron la decisión de aplazar el pago de bonificaciones correspondiente a los empleados.
• Los pagos de anticipos de marzo, abril, mayo y junio han sido exonerados.
A pesar de estas medidas, al llegar el mes de mayo, muchas empresas se vieron con la carga de pago de ITBIS alta, porque se acumularon pagos de cuotas de los meses de febrero y marzo, más el pago de abril. Lo mismo ocurrió en junio. Si bien es cierto, que muchas de las empresas estaban totalmente cerradas, negocios como restaurantes que se reinventaron y empezaron a trabajar con servicios de envío, fueron afectados en este sentido.
Con respecto a la resolución No. 492-01 del Consejo Nacional de Seguridad Social, en donde se garantiza hasta el mes de junio la cobertura del seguro, esto permitió que las empresas con empleados suspendidos pudieran darles de baja de la plataforma de la TSS. Por lo tanto, no se generó la autorización mensual de pago y los empleados no se quedaron sin cobertura de seguro médico. Sin embargo, estas medidas, y los programa FASE 1 y FASE 2, hacen que el cálculo de la regalía pascual del próximo mes de diciembre se vea afectado y que las cotizaciones de la TSS de los empleados se vean interrumpidas.
En otro orden está el tema del pago del alquiler. Quienes pudieron llegar a algún tipo de arreglo con sus arrendatarios, pudieron contrarrestar la situación, pero otros que no corrieron con esa suerte, se vieron inclusive en la necesidad de entregar locales.
De todas formas, las empresas organizadas y con un manejo contable adecuado han logrado mantenerse y reinventarse a pesar de ver disminuidos sus ingresos, lo cual presagia que tras esta crisis muchos saldrán fortalecidos, con nuevas ideas de negocios y con buenas posibilidades de crecer en el futuro próximo.